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Funciones de Presupuestos

Regulación Básica

Reformas al Reglamento del Gobierno y la Administración Publica Municipal de Zapotlán el Grande, Jalisco. PDF

Funciones

Articulo 171.- La Dirección de Egresos Municipal contara para su adecuado funcionamiento con una jefatura de Programación y Presupuesto, la cual tendrá las siguientes atribuciones y funciones:

I. Análisis y proyección mensual de la evolución del presupuesto;

II. Autorización presupuestal de las requisiciones emitidas por las diferentes dependencias de este Ayuntamiento;

III. Auxiliar de las autoridades competentes en la elaboración de los planes y programas de desarrollo municipal;

IV. Coordinar la elaboración del ante-proyecto de presupuesto de egresos en coordinación con las demás dependencias del Municipio, considerando la estimación de los ingresos del siguiente ejercicio fiscal de que se trate, en su caso, el presupuesto participativo, contemplando se destine un porcentaje de la recaudación del impuesto predial anual para infraestructura y equipamiento, y equipamiento, y en estricto apego a los principios de transparencia y austeridad;

V. Elaborar anualmente, la clasificación administrativa del gasto por dependencia, respetando la estructura señalada en el presente ordenamiento;

VI. Elaborar el proyecto de presupuesto de egresos en coordinación con las demás dependencias del Municipio, considerando la estimación de los ingresos del siguiente ejercicio fiscal de que se trate, en su caso, el presupuesto participativo, contemplando se destine un porcentaje de la recaudación del impuesto predial anual para infraestructura y equipamiento, y en estricto apego a los principios de transparencia y austeridad; 

VII. Elaborar y presentar ante el Tesorero Municipal, el ante-proyecto de presupuesto de egresos, así como el Programa Operativo Anual de Jefatura;

VIII. Elaborar y tramitar los acuerdos de transferencias entre partidas presupuestales, apoyos extraordinarios o de cualquier otro gasto que por naturaleza requiera la misma formalidad;

XI. Establecer las políticas, procedimientos y mecanismos necesarios para el manejo y control del presupuesto de egresos del Municipio;

X. Establecer los procedimientos o mecanismos necesarios para el manejo y control de los gastos del Municipio, con estricto apego a los principios de transparencia y austeridad;

XI. La Formulación, ejercicio y control del presupuesto de egresos;

XII. Preparar proyectos de iniciativa de presupuesto de egresos, dentro de los plazos establecidos;

XIII. Programar autorizar y controlar las operaciones que efectué la Tesorería Municipal, de conformidad con el Presupuesto de Egresos autorizado;

XIV. Proponer iniciativas de presupuesto base cero y multianuales, entre cosas, que respondan a las necesidades de desarrollo del Municipio;

XV. Realizar ajustes a los ante-proeyectos de presupuesto de egresos de las dependencias, cuando estos no se apeguen a los criterios emitidos por la Tesoreria Municipal;

XVI. Realizar estudios presupuestales con el proposito de verificar que el cobro de los servicios municipales correspondan al costo de la presentación de estas y presentarlos a la Tesorería Municipal;

XVII. Recepcion de los ante-proyectos de presupuesto de la diferentes dependencias de este Ayuntamiento;

XVIII. Revisar los ante-proyectos del presuepuesto de egresos que cada una de las dependencias Municipales proponiendo aumentos o disminuciones a sus asignaciones, considerando los planes y Programas Municipales y en estricto apego a los principios de transparencia y austeridad; 

XIX. Supervisar que la gestión de las dependencias y entidades se lleve a cabo conforme al presupuesto autorizado y atendiendo las mejores practicas en la materia y facilitando la rendición de cuentas;

XX. Vigilar que el ejercicio presupuestal se ajuste a la normatividad aplicable;

XXI. Vigilar que las partidas de egresos sean manejadas de acuerdo al catalogo de cuentas, señalando e su oportunidad las necesidades de transparencia;

XXII. Vigilar, en coordinación con la Oficialía Mayor Administrativa, las aplicaciones presupuestales de recursos humanos en todas las dependencias del Ayuntamiento;

XXIII. Proponer los manuales e instructivo para la formulación de los ante-proyectos de presupuesto de egresos y remitirlos para su autorización a su superior inmediato y/o al titular de la Hacienda Municipal, para que una vez autorizado, sea turnado a las dependencias y entidades municipales.

XXIV. Publicar la información financiera y contable que se requiere en términos de la Ley de General de Contabilidad Gubernamental, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Jalisco y sus Municipios; 

XXV. Proponer el manual de organización de la jefatura y/o sus modificaciones y remitirlo a su superior inmediato y/o al titular de la hacienda municipal, para las autorizaciones correspondientes; y

XXVI. Las demás previstas en la normativida aplicable.


Recursos

Recursos Humanos

Recursos Financieros

Recuersos Materiales




 








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