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Inspección Sanitaria del Rastro Municipal

Inspección veterinaria por médicos veterinarios autorizados.

El Rastro Municipal como establecimiento de procesamiento de bienes de origen animal para consumo humano deberán tener a su servicio durante las horas laborales, cuando menos un médico veterinario responsable para fines de control de bienestar animal, vigilancia epidemiológica, medidas zoosanitarias, buenas practicas pecuarias y sustancias toxicas. 

El rastro municipal de Zapotlán el Grande cuenta con: 
3 Médicos veterinarios inspectores sanitaristas.
1 Médico veterinario encargado de control de calidad 
1 Médico veterinario como Inspector ganadero municipal. 


Médico Inspector Sanitario: 

El objetivo es revisar  y certificar el estado higiénico-sanitario de las carnes y verificar que se utilicen los procedimientos mas adecuados de matanza, con el fin de que la población consuma alimentos sanos.
Realizando examen ante mortem y post mortem de los animales. 
Revisión de buenas practicas pecuarias


Médico de Control de Calidad:

Para garantizar la calidad de proceso del sacrificio de los animales en el Rastro Municipal, contara con el Área de Control de Calidad la cual estará a cargo de un responsable con el perfil de médico veterinario.
 El titular del Área de Control de Calidad, para el cumplimiento de su función tendrá las atribuciones de Planear, Implementar y Controlar sistemas y procedimientos de calidad en las áreas de producción, conservación y transporte de productos terminados o en proceso y recepción de materias primas
Llevar registros de verificación de procedimientos; 
Garantizar la inocuidad e higiene de los productos y procesos y demás atribuciones que le señale el Manual de Calidad del Rastro Municipal.


Médico Inspector Ganadero Municipal: 

Son facultades y obligaciones del Inspector Ganadero del Rastro Municipal las siguientes: 
Vigilar, bajo su más estricta responsabilidad, que en el Rastro Municipal se sacrifiquen únicamente animales que estén amparados por la factura de compraventa o patente, guía sanitaria y guía de tránsito, correspondientes a éstos, sin cuyo requisito, no podrá recibirlo ni sacrificarse ningún animal;
Dar aviso inmediato de la aparición de epizootias y epidemias en los ganados, tanto a la Coordinación de Salud Pública Municipal como a la Secretaría de Salud, así como a la unión y/o asociaciones ganaderas locales; 
Gestionar, ante el Gobierno Municipal con la debida oportunidad, se dicten las medidas que requiera el mejoramiento o reparación de las instalaciones del Rastro Municipal;
No permitir el sacrificio sin previa insensibilización tal como lo marca la NOM-033-SAG/ZOO-2014 del Sacrificio Humanitario de los animales domésticos y silvestres. 


"La población del municipio de Zapotlán y alrededores puede tener la confianza de que la carne con el sello de Autorizado y aprobado de Rastro Municipal de Zapotlán el Grande que se comercializa en los expendios de productos cárnicos fue evaluada y vigilada por los médicos veterinarios aplicando las normativas y disposiciones sanitarias que nos rigen, ponderando la importancia del bienestar animal en este centro. "


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