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Trámites y servicios

Información del trámite o servicio

Adopción de Perros y Gatos

Las mascotas que por algún motivo fueron dejados o abandonados en el Centro de Salud Animal donde posteriormente se dan en adopción a alguna familia que esta en busca de un cachorro para que continúen con su desarrollo.

Sobre este trámite

Se resguardan las mascotas y posteriormente se dan en adopción.

A quién está dirigido

Al público en General

Que obtendrás

La adopción y compañia de un perrito o un gato del Centro de Salud Animal.

Documentos que necesitas

- Credencial de Elector

 

 

Requisitos

-Credencial de elector.

- Pagar la esterilización si el perro o gato ya esta en edad de esterilización.

 

Costo

Ley de Ingresos del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2025.

SECCIÓN SEGUNDA

Productos diversos

Artículo 124. Servicios prestados por el Centro de Salud animal, cobraran conforme a las tarifas que establezca la norma de sanidad animal siguiente:

Esterilizaciones por cada animal, de:
a) Talla chica: (Hasta 10kg): $454.00
b) Talla Mediana: (De 10 a 20kg):$511.00
c) Talla Grande: (De 20 a 30kg) : 567.00
d) Talla Extra Grande:(Más de 40 kg): $624.00

 

Lugares donde se puede efectuar el pago

En oficina de Salud Animal se hace la entrega de la orden de pago.

Ubicada en la calle Carlos Páez Still No. 272, en la colonia Constituyentes.

El pago se realiza en Tesorería, área de cajas ubicada en interior de Presidencia Municipal, domicilio en Cristóbal Colon #62, Colonia Centro, de lunes a viernes de 8:30 am a 14:30 hrs, se recibe pago en efectivo.

El pago se realiza en el tianguis Municipal, ubicada en la calle Carlos Paez Still, en las oficinas del tianguis, en horario de 8:30 a.m a 2:30 p.m. de lunes a viernes.

En Plaza Zapotlán ubicado en Av. Gobernador Alberto Cardenas Jiménez #565,  de 8:30 am a 2:30 pm.  de lunes a viernes en ciudad Guzmán Jalisco.

En el Panteón Municipal Miguel Hidalgo y Costilla,  ubicado en C. José Vasconcelo con un horario de 8:30 am a 2:30 pm de lunes a viernes.

Plazo para la atención del trámite

Inmediato

Fundamento jurídico

                                                                      CAPITULO X BIS.
                                                         DE LA ADOPCIÓN RESPONSABLE


(Se adiciona mediante acuerdo de fecha 08 de abril de 2024, en Sesión Ordinaria de Ayuntamiento No.49, en el punto
No.07 del orden del día)
Artículo 63 Bis.- Todo acto de adopción responsable que se lleve a cabo en los albergues, asociaciones civiles,
fundaciones u otros organismos de la sociedad civil legalmente constituidos, deberán contar con previo
convenio de colaboración con el municipio, el cual debe de realizarse sin fines de lucro.
(Se adiciona mediante acuerdo de fecha 08 de abril de 2024, en Sesión Ordinaria de Ayuntamiento No.49, en el punto
No.07 del orden del día)
Artículo 63 Ter.- Con el objeto de garantizar una adopción responsable, los albergues, asociaciones civiles,
fundaciones u otros organismos de la sociedad civil en pro de los animales deberán observar los siguientes
lineamientos:
I. Se realizará una solicitud para la adopción de una mascota al albergue, asociación civil, fundación u
otro organismo de la sociedad civil registrados ante el Municipio;
II. La persona adoptante podrá elegir la mascota de su preferencia;
III. La persona adoptante deberá firmar de conformidad una carta compromiso;
IV. Se realizará una inspección del domicilio del adoptante a efecto de verificar que el lugar esté en
condiciones aptas para la mascota; y
V. Llevar un registro y seguimiento de los animales entregados y datos de las personas a los que se les
asignaron para su identificación, así como documentación que valide la entrega del animal.
VI. Tener un seguimiento de los animales dados en adopción para que en el caso de que se detecte alguna
forma de maltrato sean recuperados de inmediato. En caso de fallecimiento de la mascota adoptada,
el propietario deberá de notificar la defunción de este a efecto de actualizar los datos de dicha mascota.
VII. Toda mascota que sea entregada en adopción deberá de estar esterilizada, vacunada y registrada en
el Registro Único de Animales Domésticos del municipio.
(Se adiciona mediante acuerdo de fecha 08 de abril de 2024, en Sesión Ordinaria de Ayuntamiento No.49, en el punto
No.07 del orden del día)
Artículo 63 Quater.- Para adoptar a una mascota se deben de cubrir los siguientes requisitos:
I. Ser mayor de edad;
II. Presentar identificación oficial;
III. Presentar comprobante de domicilio no mayor a dos meses de antigüedad;
IV. Poseer un lugar adecuado para el sano desarrollo y esparcimiento de la mascota que se pretenda
adoptar; y
V. Acreditar las posibilidades económicas para darle un trato adecuado y digno a la mascota.

La solicitud será resuelta por
Jefatura de Salud Animal

Jefatura de Saled Animal
Jefatura de Salud Animal
Avenida Carlos Paez Still # 172 Colonia Constituyentes
Ciudad Guzmán, Jalisco C.P 49000
+ 52 (01 341) 41 0 73 81
Mvz. José Miguel Hernández Delgado


Lugares para reportar presuntas anomalías en la realización del trámite

Ningún servidor público del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en este formato, ni para requerir pagos por la realización del servicio, distintos al costo oficial establecido.

Reporte cualquier anomalía a:

Contraloria Municipal UBICADA EN

1ro de Mayo # 126 (Plaza del Río) locales 19 y 20
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 412 8870

Servitel UBICADO EN

Av. Cristobal Colon 62 Centro, Altos del Palacio Municipal
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 575 2589

Última actualización: miércoles, 26 de febrero de 2025

NOTA: La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La impresión de este documento no genera derechos ni prerrogativas al portador por parte del Gobierno Municipal y se extiende sólo con fines informativos.

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